¿Cuánto vale una lesión de pierna en la compensación al trabajador de Colorado?
Colorado paga una indemnización fija por incapacidad parcial permanente (PPD) por una lesión de pierna: la ley fija la pérdida total en 208 semanas.
Cómo se paga una lesión de pierna en Colorado
Regla de Colorado para la tarifa semanal de estos pagos: Partes incluidas en la tabla: tarifa fija establecida por ley que se ajusta cada 1 de julio ($438.33 por semana para el año fiscal 2025-26); persona completa: tasa de TTD limitada entre $150 y el 50% del salario semanal promedio del estado (SAWW) ($767.47 para el año fiscal 2025-26).
Si su médico califica una pérdida parcial de uso, el pago suele ser ese porcentaje de las semanas de la tabla. Una calificación del 25% equivale a 52 semanas.
Lo que cambia en Colorado
Las pérdidas incluidas en la tabla y los impedimentos de persona completa se pagan por separado, cada uno únicamente según su propio criterio. Se pueden cobrar hasta $10,000 de una indemnización de persona completa como pago único si se pide por escrito.
No mostramos una cantidad en dólares para Colorado porque el estado no publica de forma clara la tarifa semanal de 2026 para estos pagos. La tabla de arriba viene de la ley.
Acuerdo (settlement) frente al pago que fija la ley
Las cifras de esta página son las que fija la ley de Colorado. Muchos casos terminan en un acuerdo negociado (settlement). La aseguradora suele partir del pago legal que corresponde a su calificación y luego lo ajusta según si la calificación está en disputa, los gastos médicos futuros, cuánto tiempo podrían durar los beneficios por pérdida de salario y el riesgo de ir a una audiencia. Conocer la cifra legal por una lesión de pierna le ayuda a saber si una oferta es baja.
Consejos si el papeleo le llega en inglés
Las cartas de la aseguradora y los formularios del estado suelen estar en inglés. Guarde copia de todo, anote las fechas y pida por escrito dos cosas: su calificación de impedimento (impairment rating) y el cálculo de su salario semanal promedio (AWW). Si necesita ayuda, pregunte a la agencia estatal si tiene intérprete o materiales en español, y antes de firmar un acuerdo (settlement) consulte con un abogado de compensación al trabajador.
Colorado frente a los estados vecinos
| Estado | Cómo se paga | Máximo por pérdida total |
|---|---|---|
| Colorado | 208 semanas | — |
| Arizona | 50 meses | $168,603 |
| Kansas | 200 semanas | $181,000 |
| Nebraska | 215 semanas | $250,690 |
| Nuevo México | 200 semanas | $229,332 |
| Oklahoma | 275 semanas | $103,125 |
| Utah | 125 semanas | $108,750 |
| Wyoming | pérdida de salario | — |
El "máximo por pérdida total" se aplica a las tablas de partes del cuerpo, a la tarifa semanal más alta. Compare los 50 estados y D.C.
Mientras se recupera: incapacidad temporal en Colorado
Los beneficios semanales mientras no puede trabajar siguen estas reglas:
| Tarifa semanal | 66.67% del salario semanal promedio (AWW) |
|---|---|
| Beneficio semanal máximo | $1,448.02 (Del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027) |
| Beneficio semanal mínimo | No hay mínimo fijado por ley |
| Periodo de espera | 3 días |
| Los días de espera se pagan si la incapacidad dura más de | 14 días |
| Límite de los beneficios temporales | La ley no fija un límite de semanas |
Calcule su cheque semanal
Preguntas frecuentes
¿Cuánto vale una lesión de pierna en workers' comp en Colorado?
Colorado fija 208 semanas por la pérdida total. Una pérdida parcial se paga como una parte de eso, según la calificación de su médico y su salario.
¿Cuál es el pago semanal máximo de workers' comp en Colorado en 2026?
El beneficio semanal máximo por incapacidad temporal total (TTD) es $1,448.02 (Del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027).
¿Hay un periodo de espera en Colorado?
Sí. Colorado no paga los primeros 3 días sin trabajar, pero los paga después si la incapacidad dura más de 14 días.
¿Qué ley fija estas cantidades?
C.R.S. §§8-42-103, 8-42-105, 8-42-107, 8-42-107.5. Los enlaces a las fuentes oficiales están al final de esta página.
Otras lesiones en Colorado
Ley y fuentes oficiales
Incluye fuentes secundarias
Ley: C.R.S. §§8-42-103, 8-42-105, 8-42-107, 8-42-107.5; C.R.S. §8-42-107(2), (8)
- Colorado Division of Workers' Compensation (Department of Labor & Employment) (sitio oficial, en inglés)
- cdle.colorado.gov/dwc/dowc-updates
- secure.ssa.gov/poms.nsf/lnx/0452150045
- colorado.public.law/statutes/crs_8-42-103
- colorado.public.law/statutes/crs_8-42-105
- law.justia.com/codes/colorado/title-8/labor-ii-workers-compensation-and-related-provisions
- colorado.public.law/statutes/crs_8-42-107
Cifras revisadas el 30 de septiembre de 2026. Los máximos cambian cada año; confirme las cifras actuales con la agencia de compensación al trabajador de Colorado.
Solo es un cálculo aproximado. Lo que usted reciba de verdad depende de la calificación de su médico, de sus registros de salario, de otros descuentos y de los términos de un acuerdo. Esta página es información general, no asesoría legal.